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auto — Tribunal Superior de Cúcuta

Radicado: 2025-00563 AutoAdmiteApelacion 2026-0079

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL-FAMILIA BRIYIT ROCIO ACOSTA JARA Magistrada Sustanciadora Proceso Nulidad de Registro Civil Radicado Juzgado 54001-3160-003-2025-00563-00 Radicado Tribunal Demandante 2026-0079 Laura Karina Vera Carvajal San José de Cúcuta, tres (03) de marzo de dos mil veintiséis (2026) Procede este estrado a resolver sobre la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida el 11 de diciembre de 2025, por el Juzgado Tercero de Familia de Cúcuta, advirtiendo que el presente trámite fue recibido en esta sede judicial el día de ayer.

Teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 325 del C. G. del P., aunado a lo señalado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 y revisado el expediente, se observa que el recurso de apelación es procedente, fue presentado en tiempo, indicando cuales eran los reparos en contra de la sentencia objeto de inconformidad de manera breve, clara y concreta.

En virtud de lo anterior, y por reunir los requisitos formales, SE ADMITE en el efecto SUSPENSIVO el presente recurso de apelación, y, en consecuencia, por secretaría contabilícense los términos establecidos en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, norma que deberán observar estrictamente tanto los apelantes como la contraparte. Advertir al recurrente que deberá sujetar su sustentación en esta instancia, a desarrollar los argumentos expuestos ante el juez de conocimiento.

NOTIFÍQUESE,