REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., veinte (20) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) PROCESO DEMANDANTE DEMANDADA RADICADO DECISIÓN Ordinario Inducolvi Ltda. y o. Nubia María Celis Zabala 110013103005 2011 00547 05 Reconoce personería En atención a las actuaciones precedentes, el Despacho ADMITE la revocatoria al poder conferido al abogado Richard Gómez Vargas, por la demandada Nubia María Celis Zabala1.
Se reconoce personería al abogado Germán Alonso González Franco, como mandatario judicial de dicho extremo procesal, en los términos y para los efectos del poder conferido2. En consecuencia, ejecutoriada esta providencia, retorne el asunto al despacho para lo pertinente. Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado 1 Archivo “33RevocatoriaPoder.pdf” del “CuadernoTribunal”. 2 Archivo “34Poder”, ibídem.
Firmado Por: Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 19eaf1e9a42d2db630d5d37840498902e4e9f1d2b03b5082e904b7ff93ae166c Documento generado en 20/08/2024 09:43:24 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica