Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 002-2020-00124-01 MAG. JORGE EDUARDO FERREIRA VARGAS - AUTO INADMITE RECURSO Y ORDENA DEVOLVER EXPEDIENTE

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá D.C., primero (1°) de agosto de dos mil veinticuatro (2024). Ref: RESPONSABILIDAD MÉDICA promovida por JUAN CARLOS GUEVARA ANDRADE Y OTROS contra CLÍNICA COLSANITAS S. A. Y OTROS - Exp. 002-2020-00124-01. Sería del caso resolver el recurso de apelación que formuló la apoderada de los demandantes contra el auto proferido el 17 de julio de 2023, pronunciado en el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bogotá, si no es porque se avizora que dicha sede judicial no tuvo en cuenta el término que fija el ordinal 3° del precepto 322 del Estatuto Procesal para ampliar la sustentación de la alzada, ni corrió el traslado de la apelación en los términos previstos en el artículo 326 ejusdem.

Nótese que con el proveído de calenda 7 de mayo del año en curso, se concedió el recurso vertical y se ordenó la remisión del expediente, sin prever las dos etapas procesales que consagra el Rituario Procesal al momento de surtirse la alzada de autos. En consecuencia, declarar INADMISIBLE el recurso concedido, consecuencialmente DEVUÉLVANSE las presentes diligencias al despacho de origen para lo de su competencia, se insta al titular del despacho para que las actuaciones procesales a su cargo y la remisión del expediente a esta dependencia se cumpla a la mayor brevedad.

NOTIFÍQUESE JORGE EDUARDO FERREIRA VARGAS MAGISTRADO