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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 15. 41001-31-05-001-2018-00254-01 AutoObedeceSuperior Dr Ana Ligia

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva -----------------------------------------------------Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral Auto de sustanciación No.241 Radicación: 41001-31-05-001-2018-00254-01 Neiva, treinta y uno (31) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Ref.: Proceso ordinario laboral promovido por BORIS CARVAJAL RENZA en frente de la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P. Obedézcase y cúmplase lo resuelto por la Honorable Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral Sala de Descongestión No. 3, en providencia SL374-2025 calendada el veintiséis (26) de febrero de dos mil veinticinco (2025), mediante la cual dispuso NO CASAR la sentencia proferida por esta Sala de decisión el seis (6) de septiembre de dos mil veintitrés (2023).

En consecuencia, una vez ejecutoriada la presente decisión, devuélvase el expediente al juzgado de origen.

NOTIFÍQUESE. ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada Firmado Por: Ana Ligia Camacho Noriega Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7ae40bf29fe335bfb5100f9cad7951e44c5a73ddafd5133656918001f2ca2e4c Documento generado en 31/03/2025 03:18:52 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica