Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 050-2022-00259-01 DRA AYALA AUTO ORDENA ABONAR

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Adriana Ayala Pulgarín

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., veintiuno (21) de julio de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001 31 03 050 2022 00259 01. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Tener en cuenta que la parte demandante sustentó1 en tiempo el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el 25 de abril de 2025, respecto del cual, la parte demandada descorrió el traslado respectivo2.

Con todo, auscultado el presente asunto se advierte que el 23 de septiembre de 20243, la juez a quo concedió recurso de apelación interpuesto por la parte demandada 4 contra el auto adiado 11 de junio de 20245, mediante el cual se negó la inspección judicial requerida por dicho extremo, pero dicha alzada nunca se remitió a esta Corporación para su trámite; por tanto, con fundamento en el inciso décimo del artículo 323 del Código General del Proceso, se requiere a la Secretaría de esta Corporación para que de forma inmediata y en cuaderno separado abone a este despacho la referida apelación de auto y se contabilice a los asuntos asignados por reparto a esta magistratura.

En firme esta decisión, ingrese el proceso al despacho a fin de proveer lo que en derecho corresponda. Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Cfr. PDF 006 – Cuaderno Tribunal. Cfr. PDF 007 – Cuaderno Tribunal. 3 Cfr. PDF 46, C01CuadernoPrincipal – 001Primera Instancia. 4 Cfr. PDF 34, C01CuadernoPrincipal – 001Primera Instancia. 5 Cfr. PDF 32, C01CuadernoPrincipal – 001Primera Instancia. 1 2 Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a309d45e9f7f02f9b8b6e581b128dd3e04c2b9475f10881470c8bf67ad804887 Documento generado en 21/07/2025 04:46:34 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica