REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA SALA SEGUNDA LABORAL Magistrada Ponente: KAREN PAOLA MESA VILLAMIZAR Santa Marta, D.T.C.H., cinco (5) de febrero de dos mil veintiséis (2026). RAD: 47-001-31-05-001-2022-00204-01 REF.: PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE: JOSÉ GENARO MACHADO LÓPEZ DEMANDADO: INDUSTRIA NACIONAL DE GASEOSAS S.A. – INDEGA S.A. y CONTACTAMOS OUTSOURSING S.A.S. LLAMADO EN GARANTÍA: CONTACTAMOS OUTSOURSING S.A.S. AUTO Procede el Despacho a resolver la solicitud de desistimiento formulada por el apoderado judicial de la sociedad INDUSTRIA NACIONAL DE GASEOSAS S.A. – INDEGA S.A. respecto del recurso de apelación presentado contra el auto del 30 de mayo de 2025, por medio del cual se declaró ineficaz el llamamiento de garantía efectuado a SEGUROS DEL ESTADO S.A. Respecto de desistimiento de ciertos actos procesales, el artículo 316 del CGP permite a las partes desistir de los recursos interpuestos y de los incidentes, las excepciones y los demás actos procesales que hayan promovido, como un acto de disposición de su interés procesal, norma aplicable al procedimiento laboral por el principio de integración normativa.
En el caso bajo estudio, dado que el Dr. JAN CARLOS VÁSQUEZ RODRÍGUEZ se encuentra expresamente facultado para desistir del recurso oportunamente interpuesto, se aceptará el desistimiento en cuestión. En mérito de las consideraciones que anteceden, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, Sala Laboral, RESUELVE:
PRIMERO: ACEPTAR el desistimiento del recurso de apelación interpuesto el 5 de junio de 2025, por el apoderado de la llamada en garantía SEGUROS DEL ESTADO S.A., de conformidad a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: En firme esta decisión envíese el expediente al juzgado de origen.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. KAREN PAOLA MESA VILLAMIZAR Magistrada 47-001-31-05-001-2022-00204-01