TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN LABORAL RADICACIÓN UNICA 08-63831-890-02-2021-00001-01 RADICACIÓN INTERNA 72.545 TIPO DE PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE JAIRO CORONELL DEMANDADO ESE CENTRO DE SALUD POLONUEVO Barranquilla, seis (06) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024).
Una vez revisado el expediente de la referencia, se constata que en el mismo no obra hipervínculo vigente de las audiencias correspondientes a los artículos 77 y 80 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, llevadas a cabo los días 21 de julio y 5 de septiembre de 2022, respectivamente. En consecuencia, se ordena al juzgado de origen que allegue a esta dependencia judicial, en el término de tres (3) días hábiles, copia digital de las grabaciones de la audiencia surtida en primera instancia, sobre las cuales se hizo alusión anteriormente.
De igual manera, se conmina al A quo que, previa remisión de lo requerido, verifique que la audiencia se encuentre debidamente grabada y corresponda al presente juicio. En el evento que se imposibilite la comisión de la mentada diligencia, bien sea porque en los archivos del juzgado no obre copia de lo solicitado, exista algún factor que impida la reproducción íntegra de las grabaciones u otra circunstancia, se ordena al juzgado que lo comunique a este despacho a fin de adoptar las medidas pertinentes del caso.
RESUELVE
Por secretaría, ORDÉNESE al Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Sabanalarga o Juzgado Primero Laboral del Circuito de Sabanalarga, que allegue a este Despacho, en el término de tres (3) días hábiles, copia de las grabaciones de las audiencias surtidas los días 21 de julio y 5 de septiembre de 2022. Previa remisión, verifique que las audiencias se encuentren debidamente grabadas y correspondan al presente juicio.
En el evento que se imposibilite la comisión de la mentada diligencia, lo comunique a este despacho a fin de adoptar las medidas pertinentes del caso.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ Magistrado Firmado Por: Diego Guillermo Anaya Gonzalez Magistrado Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f60e07d34cbb4750b45809f7abee7c33b5c5d0bbd25b6602bff7eda14b447487 Documento generado en 06/11/2024 12:16:22 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica