TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL FAMILIA LABORAL San Gil, veintinueve (29) de mayo de dos mil veintiséis (2026). Rad. No. 68190-3103-001-2024-00118-01 Resolución contrato de promesa de compraventa Se admite el recurso de apelación interpuesto por ambos apoderados de la parte demandada, contra la sentencia proferida el 25 de marzo de 2026, por el Juzgado Civil del Circuito de Cimitarra.
Ejecutoriado este proveído, el recurrente deberá sustentar el recurso a más tardar, dentro de los cinco (5) días siguientes, so pena que se declare desierto el mismo. De la sustentación se correrá traslado a la parte contraria por el término de cinco (5) días. Comunicar a los interesados, que las alegaciones deberán presentarse a través de los medios electrónicos, al correo seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFIQUESE GABRIEL MAURICIO REY AMAYA Magistrado Firmado Por: Gabriel Mauricio Rey Amaya institucional: Magistrado Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: efd3fadf13f1b3fd60b3334dc70e4205715bbee51e7e33049905804472a29f20 Documento generado en 29/05/2026 08:43:12 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica