Micelio

sentencia — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: T-08001221300020260025300-Fallo

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Rama Judicial del Poder Público Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Secretaria de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Barranquilla AVISO (PUBLICADO EN EL MICROSITIO DE LA PÀGINA WEB DE LA SECRETARIA DE LA SALA CIVIL-FAMILIA, DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRARANQUILLA) EL SUSCRITO SECRETARIO DE LA SALA CIVL- FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA.

Notifica: A los señores; Vincúlese a Grupo Empresarial Confidesarrollo Express SAS,Temporing SA,Cinzia Esther Fontalvo Abello, Robinson Cruz Gómez Villa, Wendy del Carmen Osorio, Geany David Fontalvo Orozco, Neis Enrique Martínez Herrera, Cristian Abel Lizarazo Reyes, Milehidys Judith Sánchez Terán, Luis Carlos Sanjuanelo Navarro, Adrián Hernández Chamorro, Nelson Rafael Osorio Correa, Félix David Rodríguez Pontón, Jairo Junior Orellano Bustillo, Héctor José Van Strahlen Martínez, Luis Fernando González Espinosa, Juan José Ternera Salas, Rodrigo Petro Ordosgoitia, Wilson Santiago, Roberto Carlos Flores, Pablo Andrés Benítez, Aldrin Alberto Pacheco Hernández, y a quienes tengan interés en la acción de tutela de primera instancia radicada bajo el No 08001221300020260025300 donde aparece como accionante KARLA SOFIA ALARCON JIMENEZ contra COMISIÓN SECCIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL DEL ATLÁNTICO DESPACHO NO. 4 MAGISTRADO EDUARDO DE JESÚS HURTADO CÁRDENAS, la providencia del 8 de abril de 2026, proferida por este Tribunal Superior en Sala Unitaria Civil-Familia, mediante la cual se dispuso: Primero: NEGAR el amparo solicitado dentro de la acción de tutela promovida por Karla Sofía Alarcón Jiménez en contra de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico, conforme a lo señalado en la parte motiva de esta providencia. Segundo: NOTIFICAR a las partes por el medio más expedito la presente providencia y DISPONER que si no fuere impugnada esta providencia oportunamente envíese a la Corte Constitucional para su eventual revisión WILLIAM ESTEBAN PACHECO BARRAGAN.

SECRETARÍA-SALA CIVIL FAMILIA-TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRANQUILLAAbril 9 de 2026. Carrera 45 No.44 -12 Barranquilla-Correo electrónico:seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla - Atlántico