Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310301820240015801 AutoAdmiteRecursoDeApelacion

Sala: SALA CIVIL

SALA CIVIL Medellín, veintidós (22) de abril de dos mil veintiséis (2.026). Ref. Exp.: 05001 31 03 018 2024 00158 01. Proceso: Demandante: Demandados: Extracto: Ejecutivo. TRAUMACENTRO S.A.S.. SER NUEVA IPS S.A.S. y otro. Admite apelación. Surtido el examen preliminar, se ADMITE en el efecto concedido (SUSPENSIVO), el recurso de apelación formulado por la parte DEMANDANTE, contra la sentencia de primera instancia calendada el seis (6) de febrero de dos mil veintiséis (2026), proferida por el Juzgado Dieciocho Civil de Circuito de Oralidad de Medellín. En atención al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto o el que según el caso niegue solicitud de pruebas, el recurrente deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes, so pena de declarar desierta la alzada.

Si se cumple con la sustentación, de ella se correrá traslado a la parte DEMANDADA por el término de cinco (5) días, para que se pronuncien sobre aquella. Cumplido lo anterior se realizará proyecto para ser sometido al estudio de la Sala de Decisión. Notifíquese. JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS MAGISTRADO Firmado Por: Jose Omar Bohorquez Vidueñas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 007 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8a2feb2df2114298a23bae93599d9df31879acf5a00f4cfff4ba048e2457b5a5 Documento generado en 22/04/2026 01:17:27 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica