TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá, D.C., once de octubre de dos mil veinticuatro. Radicado: 11001 31 03 046 2021 00421 01 1. Se admite, en el efecto SUSPENSIVO, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida por el Juzgado 56 Civil del Circuito en audiencia celebrada el 6 de septiembre de 2024, dentro del proceso de Silvio Jiménez contra Vilma Romero y demás personas indeterminadas.
Cabe advertir que, de conformidad con lo establecido en la Ley 2213 de 2022, el apelante cuenta con el término de cinco (5) días, a partir de la ejecutoria del admisorio, para sustentar en esta instancia los precisos reparos en los que fundamentó su recurso de apelación, frente a lo cual la parte no apelante tiene cinco (5) días para la réplica.
Además, téngase en cuenta que la no sustentación de la alzada en esta instancia impone declararla desierta según el artículo 12 de la referida normatividad, pues a lo dicho en primera instancia no se le puede dar la connotación de la sustentación de los reparos que solo puede y debe hacerse ante el superior, sin perjuicio de que el apelante acuda al Tribunal por escrito a dar alcance y desarrollo argumental a lo manifestado en primera instancia. 2.
Teniendo en cuenta que el Juzgado de primer grado concedió la apelación en el efecto devolutivo cuando debía concederse en el suspensivo por encontrarse el fallo en uno de los casos excepcionales establecidos en el inciso 2° del artículo 323 Cgp (negar la totalidad de las pretensiones), la Secretaría proceda a comunicar a ese Despacho el efecto en el que se admitió la alzada conforme el inciso final del artículo 325 Cgp.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE El Magistrado, GERMÁN VALENZUELA VALBUENA 11001 31 03 046 2021 00421 01 Firmado Por: German Valenzuela Valbuena Magistrado Sala 019 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 45e6306c790ca77baf02636ffc36d78d8ee76d9227ea914c087bb6f2bdf7835a Documento generado en 11/10/2024 04:55:10 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica