REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI SALA CIVIL Santiago de Cali, doce (12) de junio dos mil veinticinco (2025) Proceso: Demandantes: Demandados: Radicación: Verbal David Stiven Durán Sandoval Paramédicos Cali S.A.S. y otros 76001-31-03-004-2023-00030-01 (3462) De conformidad con lo previsto en el artículo 327 del C. G. del P., y toda vez que los reparos frente a la sentencia impugnada fueron presentados oportunamente por el apelante (art. 322 C. G. del P.), se RESUELVE 1.
ADMITIR en el efecto devolutivo el recurso de apelación presentado por la parte demandante en contra de la sentencia proferida el 20 de noviembre de 2024, por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Cali, dentro del proceso verbal de la referencia. 2. INFORMAR a la referida autoridad judicial, sobre la modificación del efecto en que se admite la alzada, conforme al inc. 6° del art. 325 ibídem.
Ofíciese. 3.- ADVERTIR a las partes que la sustentación del recurso y sus réplicas deberán presentarse en la forma establecida en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, y remitirse al correo institucional sscivcali@cendoj.ramajudicial.gov.co Notifíquese, VIOLETA SALAZAR MONTENEGRO Magistrada 1