CÓDIGO ÚNICO DE RADICACIÓN: 08-001-22-13-0002025-00802-00. RADICACIÓN INTERNA: T-00802-2025. TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA CUARTA DE DECISIÓN CIVIL- FAMILIA Barranquilla, Noviembre Diez (10) de Dos mil Veinticinco (2025). ADMÍTASE la presente ACCIÓN DE TUTELA impetrada por la señora DENNIS PLATA CASTILLEJO, en contra del Dr. EDGARDO VIZCAINO PACHECHO, JUEZ DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, por la presunta vulneración a los derechos fundamentales al Debido Proceso, Igualdad y Acceso a la Administración de Justicia. SOLICITESE al accionado para que en el término de dos (02) días, se pronuncie acerca de los hechos materia de esta acción, para lo cual se entregará copia de la misma.
Así mismo, se le solicita remitir escaneado al correo electrónico seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co, lo actuado dentro del proceso de liquidación Judicial de la sociedad CILDECO S.A., En Liquidación distinguido con radicado 08001315301020180001400. VINCULESE a: BANCO POPULAR, entidad encargada de tramitar la venta de los inmuebles a través del sistema de Martillo Electrónico.
JUZGADO ONCE CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA, en el cual cursa proceso ejecutivo con radicación 2018-00461 sobre el bien inmueble objeto de enajenación y adjudicación con matrícula inmobiliaria No. 040-50499. JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE SINCELEJO, en el cual cursa proceso ejecutivo 2018-00070, sobre el bien inmueble objeto de enajenación y adjudicación con matrícula inmobiliaria No. 342-2543.
JUZGADO OCTAVO CIVIL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA, en el cual cursó proceso ejecutivo sobre los bienes inmuebles objeto de enajenación y adjudicación con matrícula inmobiliaria No. 040-121087 (Levantó medida cautelar el 27 de junio de 2025). LIQUIDADOR DE CILEDCO, Dr. EMILIANO ACOSTA ACOSTA. ALCALDIA DE BARRANQUILLA con miras a que se pronuncie sobre los hechos de abandono de los bienes inmuebles de la anterior planta de CILEDCO.
MINISTERIO DEL TRABAJO, conforme numeral 6° del artículo 50, Ley 1116 de 2006 y debido a la conceptualización expedida dentro del radicado 11EE2025740800100006762 y anexa respecto a la necesidad efectiva de la venta mediante el mecanismo de martillo electrónico para solucionar problemas laborales. A la sociedad CILEDCO S.A. En Liquidación y a los acreedores que hacen parte dentro del proceso de Liquidación Judicial cursante ante el JUZGADO DECIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA de la sociedad CILEDCO S.A. PUBLICAR AVISO junto con el presente proveído, para el enteramiento a las partes o acreedores interesados dentro del proceso de Liquidación Judicial de la sociedad CILDECO S.A., En Liquidación distinguido con radicado 08001315301020180001400, en el micrositio asignado para la Secretaría de la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, a fin de informar el inicio de esta acción de tutela a las personas que pudieran resultar involucradas en sus resultas.
NEGAR la medida provisional solicitada al interior del libelo constitucional por no encasillarse dentro de las liturgias contempladas en el artículo 7° del Decreto 2591 de 1991. Despacho Seis (06) Civil Familia Tribunal Superior Distrito Judicial de Barranquilla, Carrera 45 No. 44-20 Piso 3 Email: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co 1 CÓDIGO ÚNICO DE RADICACIÓN: 08-001-22-13-0002025-00802-00.
RADICACIÓN INTERNA: T-00802-2025. REQUIÉRASE a la Accionante y a los Accionados para que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, alleguen al correo arriba indicado, datos de dirección y correo electrónico de las partes procesales que integran el trámite judicial.
NOTIFÍQUESE a las partes en la forma más expedita lo anterior en cumplimiento del ACUERDO PCSJA20-11517 del 15 de marzo de 2020, se dispone que las comunicaciones correspondientes, se realicen por medio del correo electrónico de la Secretaría de la Sala seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CARMIÑA GONZÁLEZ ORTIZ Magistrada Sustanciadora Firmado Por: Carmiña Elena Gonzalez Ortiz Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 6 Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Despacho Seis (06) Civil Familia Tribunal Superior Distrito Judicial de Barranquilla, Carrera 45 No. 44-20 Piso 3 Email: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co 2 CÓDIGO ÚNICO DE RADICACIÓN: 08-001-22-13-0002025-00802-00.
RADICACIÓN INTERNA: T-00802-2025. Código de verificación: 591b714ac69beecd926ac45d678a47b1df71c708e758fe4d88908e3191ba3518 Documento generado en 10/11/2025 12:45:57 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Despacho Seis (06) Civil Familia Tribunal Superior Distrito Judicial de Barranquilla, Carrera 45 No. 44-20 Piso 3 Email: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co 3