Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001 31 05 014 2021 00002 01 AUTO CUMPLASE

Sala: SALA LABORAL

CONSTANCIA SECRETARIAL Medellín, veinticinco (25) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024). Se recibe de la H. Corte Suprema de Justicia el expediente con radicado 05001 31 05 014 2021 00002 01, donde mediante providencia SL1032-2024 del ocho (8) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) se dispuso, CASA la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, el 10 de julio de 2023 y de igual forma por auto AL5023-2024 del cuatro (4) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) se dispuso CORREGIR la sentencia CSJ SL1032-2024, en el sentido de que las costas en sede de instancia están a cargo de la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN S.A. Paso al Despacho para lo pertinente.

Diego Alejandro Meléndez Serna Citador SALA LABORAL REF: ORDINARIO LABORAL DTE: GLORIA ELENA FRANCO GIRALDO DDO: ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN S.A. RAD: 05001 31 05 014 2021 00002 01 Medellín, veinticinco (25) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) CÚMPLASE lo resuelto por la Honorable Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Laboral, en su Providencia SL1032-2024 del ocho (8) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) y AL5023-2024 del cuatro (4) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) En consecuencia, de lo anterior se fija como agencias en derecho la suma de CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($5.200.000), a cargo de la sociedad ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN S.A. Ejecutoriado el presente auto, vuelva el expediente al despacho de origen para que continúe el trámite pertinente.

NOTIFÍQUESE, El Magistrado