Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2023-00107-01

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Carlos Orlando Velásquez Murcia

Radicado No.: 73349-31-05-001-2023-00107-01 Asunto: Proceso Ordinario laboral – apelación sentencia Demandante: Olga Elisa Arango Gómez Demandado: Sixta Tulia Lozano REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ - TOLIMA Sala Quinta de Decisión Laboral Radicado No.: Demandante: 73349-31-05-001-2023-00107-01 Olga Elisa Arango Gómez Asunto: Ordinario Laboral -Apelación sentencia Demandado: Sixta Tulia Lozano Magistrado Ponente: CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Ibagué, catorce (14) de enero de dos mil veintiséis (2026) Por ser procedente y haberse sustentado, se admite el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandante contra la sentencia de 24 de noviembre de 2025, proferido por el Juzgado Laboral del Circuito de Honda.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 2213 de 13 de junio de 2022, artículo 13, numeral 2, ejecutoriada esta providencia se CORRE TRASLADO para alegar por escrito por el término de cinco (5) días para la parte apelante, vencidos los cuales, empieza a correr el término de traslado por cinco (5) días para el no recurrente. Se requiere a las partes para que den cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 14 y 15 del artículo 78 del Código General del Proceso, enviando a los correos electrónicos respectivos, copia de los alegatos presentados en formato PDF, los cuales deberán limitar las transcripciones o reproducciones de citas doctrinales y jurisprudenciales a las que sean estrictamente necesarias para la adecuada fundamentación de su alegato.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Magistrado Firmado Por: Carlos Orlando Velasquez Murcia Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bb60b3711ded7afa6cd1518c8c57ad6f42970d40e0d7ef3b4c84fa0273503386 Documento generado en 14/01/2026 04:09:33 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica