TRIBUNAL SUPERIOR DE IBAGUÉ SALA LABORAL Ibagué, diecinueve de marzo de dos mil veinticinco MAGISTRADA PONENTE AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA REFERENCIA ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA DEMANDANTE YARLETH DEL SOCORRO MATÍAS HERNÁNDEZ DEMANDADA EMPOLÉRIDA RADICADO 73408-31-03-001-2021-00021-01 DECISIÓN ADMITE RECURSO y CORRE TRASLADO En obedecimiento a lo dispuesto en fallo de tutela proferido por la Honorable Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Laboral-, el 26 de febrero de 2025, se solicitó al Juzgado Séptimo Administrativo de Oralidad de este Circuito, el regreso del expediente digital correspondiente a este asunto.
Encontrándose entonces para decidir de fondo, y al examinar la demanda, se observa que la parte actora está siendo apoderada por el doctor Fredh Villarreal Rivas, con quien existe amistad íntima, configurándose la causal de impedimento prevista en el artículo 141 del CGP, numeral 9º, por lo que la misma se separará del conocimiento de este asunto y lo remitirá al Despacho que sigue en turno, esto es, el Despacho 01 de esta Corporación y especialidad.
Por lo expuesto, la suscrita Magistrada del Tribunal Superior de Ibagué, RESUELVE 1.- DECLARARSE, impedida para conocer del presente asunto, por estar incursa en la causal del numeral 9º, del art. 141 del CGP 2. REMITIR el presente asunto al Despacho 01 de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibagué, quien le sigue en turno al presente Despacho. 3.
Comuníquese esta decisión a la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Laboral- dentro de la acción de tutela radicado 11001020500020240197800. Por Secretaría realícese los trámites pertinentes. CÚMPLASE AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA Magistrada Ponente Firmado Por: Amparo Emilia Peña Mejia Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a9b93804e9f5504c35d5f7ca8f1b86ca69e8ffd916d4560c7e713e96772c34de Documento generado en 19/03/2025 08:02:22 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica