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auto — Tribunal Superior de Pasto

Radicado: 10. 2021-00249-01 (330) AUTO NIEGA PETICION PORVENIR

Sala: SALA LABORAL

Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto Sala Laboral Marzo veintisiete (27) de dos mil veinticinco (2025) Clase de proceso: Ordinario Laboral Radicación: 520013105001-2021-00249-01 (330) Demandante: Jairo Fernando Bucheli Rodríguez Demandados: - Porvenir S.A. - Protección S.A. - Colpensiones Asunto: Auto niega petición a Porvenir S.A. En memorial enviado por la apoderada de la convocada Porvenir S.A. el 21 de marzo de 2025, solicita requerir a la parte demandante para que informe de manera clara y precisa, si desea hacer uso de la oportunidad de traslado establecida en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024, mediante la cual se consagró la posibilidad de obtener el traslado del RAIS al RPM y viceversa, a los afiliados al Sistema General de Pensiones, con la finalidad de dar celeridad al proceso y terminar de manera anticipada el mismo, una vez se evidencie y acredite con el traslado de régimen que se superaron las causas que generaron este litigio.

Para resolver lo pertinente, SE CONSIDERA. En razón a que la parte demandante, legitimada para desistir de las pretensiones de la demanda, no ha hecho ningún pronunciamiento al respecto, mediante providencia del 20 de febrero de 2025, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Pasto, dictó sentencia de segunda instancia, se despachará negativamente la solicitud incoada por Porvenir S.A. En armonía con lo expuesto, el suscrito Magistrado de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Pasto, RESUELVE:

PRIMERO. NEGAR la solicitud elevada el 21 de marzo de 2021 por la demandada PORVENIR S.A.

SEGUNDO. RECONOCER PERSONERIA ADJETIVA a la abogada MARÍA ALEJANDRA RAMÍREZ OLEA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.152.225.557 de Medellín y portadora de la Tarjeta Profesional No. 359.508 del C. S. de la Judicatura, para que, como representante de GODOY CORDOBA ABOGADOS S.A.S., de conformidad con la Escritura Pública No. 137 del 24 de enero de 2025 y el certificado de existencia y representación legal de esta compañía, actúe como apoderada judicial de la demandada SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S.A.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LUIS EDUARDO ANGEL ALFARO Magistrado RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE PASTO SALA LABORAL HOY 28 DE MARZO DE 2025 NOTIFICO LA ANTERIROR DECISIÓN POR ESTADOS ELECTRONICOS LISSETE ANDREA MANTILLA PEREZ SECRETARIA 2