Micelio

auto — Tribunal Superior de Cúcuta

Radicado: PT 22032 AutoAdmiteSegundaInstancia

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE NORTE DE SANTANDER SALA DECISIÓN LABORAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA Cúcuta, quince (15) de enero de dos mil veintiséis (2026). PROCESO: RADICADO ÚNICO: RADICADO INTERNO: DEMANDANTE: DEMANDADOS: ORDINARIO EN APELACIÓN 544983105001 2024-00392 02 22.032 GERMAN ACOSTA GALVIS. MUNICIPIO DE ABREGO MAGISTRADA PONENTE: DRA. NIDIAM BÉLEN QUINTERO GELVES Se admite el Grado Jurisdiccional de Consulta dentro del proceso de la referencia en favor de la demandada MUNICIPIO DE ABREGO, contra la providencia de fecha veintisiete (27) de noviembre de dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Primero (Único) Laboral del Circuito de Ocaña – Norte de Santander, dentro del proceso de la referencia, por causa y ocasión de lo dispuesto en el artículo 69 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por la Ley 1149 de 2007, artículo 14.

Así mismo, se admiten el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el MUNICIPIO DE ABREGO.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE NIDIAM BELÉN QUINTERO GELVES Magistrado Certifico: Que el auto anterior fue notificado Por ESTADO No. 004 fijado hoy en la Secretaría de este Tribunal Superior, a las 8 a.m. Cúcuta, 16 de enero de 2026 ____________________________ Secretario