TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ DEL GUAVIARE SALA ÚNICA DE DECISIÓN San José del Guaviare, veintinueve (29) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Demandante Manuel Alejandro Gómez Novoa. Demandados CASAMARINA GUAVIARE S.A.S., INDUSTRIAS DEL CAMPO S.A.S., Gladys Alicia Rodríguez, Camilo Esteban Medina Rodríguez y Jhon Fernando Vásquez Martínez.
Radicado 95001318900120200007201 Radicado interno 2024 00074 Instancia Segunda Decisión Admisión de Recurso de Apelación. Se dispone: 1. Admitir el recurso de apelación presentado por el apoderado judicial de la demandada CASAMARINA GUAVIARE S.A.S., contra el auto proferido el 1° de febrero de 2024, por el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de San José del Guaviare (Guaviare), mediante el cual resolvió sobre la solicitud de medida cautelar deprecada por la parte activa, de conformidad con lo previsto en el artículo 65 y 82 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. 2.
Advertir a las partes que, ejecutoriada la presente determinación, correrá el término dispuesto en el numeral 2° del artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, para los fines allí dispuestos. 3. Para todos los efectos, el único correo institucional habilitado es sectribguaviare@cendoj.ramajudicial.gov.co Rad. 95001318900120200007201. Notifíquese y Cúmplase, CÉSAR FERNANDO MERCADO DURÁN Magistrado 2