Radicación No: 73001-31-05-005-2021-00007-01 República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior del Distrito Judicial Ibagué Sala de Decisión Laboral Ibagué, 14 de abril de 2026 Clase de proceso: Parte demandante: Parte demandada: Ll. en garantía: Radicación: M. Sustanciador Ordinario Laboral Ariel Rodrigo Fandiño Rivera Banco de la República Seguros del Estado S.A. y otro 73001-31-05-005-2021-00007-01 Jair Enrique Murillo Minotta Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante providencia AL255-2026 del 28 de enero de 2026, Aceptó el desistimiento del recurso extraordinario interpuesto por el demandante Ariel Rodrigo Fandiño Rivera, contra la sentencia de segunda instancia, se dispone a obedecer y cumplir lo allí resuelto.
(fl.10 expediente electrónico de la Corte). De otro lado, se dispone la devolución del expediente al Juzgado de origen, debido a que no se impusieron costas en esta instancia 1. (Fl. 9 Carpeta Digital del Tribunal). CÚMPLASE, JAIR ENRIQUE MURILLO MINOTTA Magistrado Firmado Por: Jair Enrique Murillo Minotta Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 465d8ece3358d4a8458462292849b799c8b77f67964f5e451fbd6082a7aecf42 Documento generado en 14/04/2026 03:28:31 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1- “…Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Segunda de Decisión Laboral Ibagué, Ordinario laboral.
Juzgado de Origen Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Ibagué. Parte demandante: Ariel Rodrigo Fandiño Rivera Parte demandada: Banco de la República Llamados en garantía Seguros del Estado S.A. y otro Radicación: (2025-63)730013105-005-202100007-01. Fecha de decisión: Sentencia del 27 de marzo de 2025.
RESUELVE
SEGUNDO: Sin condena en costas…”