LISBETH DEL SOCORRO NIEBLES MEJIA Magistrada ponente 79086 Radicación N.° 08001-31-05-003-2016-00479-01 Barranquilla, Atlántico, seis (06) febrero de dos mil veintiséis (2026) Recibido el expediente correspondiente al proceso ordinario laboral instaurado por el señor ALVARO COTERA SIERRA, en contra ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P., sucedida procesalmente por la FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. en su calidad de vocera y administradora de FONECA, mediante la cual se concede el recurso de apelación proferido por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Barranquilla contra la sentencia de fecha 29 de julio de 2025, procede este despacho a su estudio
CONSIDERANDO
Que el Juzgado Tercero Laboral del Circuito De Barranquilla profirió sentencia el día 29 de Julio de 2025, dentro del presente proceso ordinario laboral. Que, dentro del término legal previsto, la parte demandante, ALVARO COTERA ELECTRIFICADORA SIERRA, DEL así como la demandada CARIBE S.A. E.S.P., sucedida procesalmente por la FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. en su calidad de vocera y administradora de FONECA, interpusieron recurso de apelación contra dicha decisión. Radicación N.° 08001-31-05-003-2016-00479-01 Que, una vez verificados los requisitos formales y materiales de competencia, el despacho encuentra procedente admitir el recurso de apelación, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, correrá traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días.
Por lo antes expuesto el Despacho 007 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla,
RESUELVE
Primero: Admitir el recurso de APELACIÓN, contra la sentencia de fecha 29 de julio de 2025, proferida por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Barranquilla. Segundo: Correr traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días cada una, iniciando con las apelantes, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LISBETH NIEBLES MEJIA Magistrada Despacho 007 Sala Tercera de Decisión Laboral Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla 08001-31-05-003-2016-00479-01 Firmado Por: Lisbeth Del Socorro Niebles Mejia Magistrada Sala Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto 2 Radicación N.° 08001-31-05-003-2016-00479-01 en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a332c73a307653b1ba11447d9a4113e49e0c88c48796cf88a539a5c78c1d883a Documento generado en 06/02/2026 10:45:04 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 3