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auto — Tribunal Superior de Montería

Radicado: 05AutoAdmiteTutelaFolio439-25 (1)

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería – Córdoba Sala de Decisión Civil Familia Laboral Actuando como juez constitucional CRUZ ANTONIO YÁNEZ ARRIETA Magistrado Folio 439-25 Radicación n.º 23 001 22 14 000 2025 10275 00 Montería (Córdoba), doce (12) de agosto de dos mil veinticinco (2.025) De conformidad con los Decretos 2591 de 1991, 306 de 1992, 1382 de 2000, 1983 de 2017 y 333 de 2021, admítase la correspondiente acción de tutela instaurada por BANCOBRANZA S.A.S., por conducto de apoderado judicial contra el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE MONTERÍA (CÓRDOBA) Ténganse como pruebas las aportadas al proceso por la accionante.

Vincúlese al trámite de la presente acción a todas las partes e intervinientes, dentro de los siguientes procesos distinguidos con radicado n.° 23001310300220170007400, 23001310300220170020200, 23001310300220180011300, 23001310300220170007000, 23001310300220160004500, 23001310300220180006800, 23001310300220160040900 23001310300220170016700, 23001310300220170018500, 23001310300220170032700, 23001310300220180001900, 23001310300220180011200, 23001310300220160024000, 23001310300220120012500, 23001310300220170024400, y 23001310300220180025200 que se tramitan en el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Montería (Córdoba).

Radicación n.º 23 001 22 14 000 2025 10275 00 Folio 439-25 Comuníqueseles el objeto de la presente acción al juzgado accionado y vinculados con el fin de que se pronuncien sobre los hechos en ésta planteados, dentro de los dos (2) días siguientes a su notificación. Envíeseles copia de la presente acción. Requiérase al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Montería (Córdoba), para que, en el término de un (1) día envíe el link de los siguientes procesos distinguidos con radicado n.° 23001310300220170007400, 23001310300220170020200, 23001310300220180011300, 23001310300220170007000, 23001310300220160004500, 23001310300220180006800, 23001310300220160040900 23001310300220170016700, 23001310300220170018500, 23001310300220170032700, 23001310300220180001900, 23001310300220180011200, 23001310300220160024000, 23001310300220120012500, 23001310300220170024400 y 23001310300220180025200, a fin de poder notificar a cada una de las partes que intervinieron (partes, terceros, abogados, auxiliares de la justicia) en dicho proceso y se pueda resolver de fondo el asunto que nos convoca, advirtiendo que los expedientes deberán estar organizados, numerados, cada archivo deberá tener el nombre de la actuación que corresponda y dichos expedientes deben poseer el índice electrónico, conforme a lo establecido en el protocolo de digitalización y organización del expediente digital dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura y en la tabla de retención documental.

Una vez allegados los expedientes, comuníqueseles a las personas interesadas en el presente asunto, por el medio más expedito, de acuerdo a lo normado en el artículo 13 del Decreto 2591 de 1991. En caso de no poder notificárseles personalmente, notifíqueseles por estado. 2 Radicación n.º 23 001 22 14 000 2025 10275 00 Folio 439-25 La Secretaría de esta Corporación deberá certificar si sobre los asuntos se surtió o se surte algún trámite ante este Tribunal en el que el suscrito haya actuado como ponente o integrante de otra Sala de Decisión.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CRUZ ANTONIO YÁNEZ ARRIETA Magistrado Firmado Por: Cruz Antonio Yanez Arrieta Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Monteria - Cordoba Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 6ba7a994d1017b3e46d42684728dd1b4af3d5b2893b0216425afa0f22fb9f0b3 Documento generado en 12/08/2025 03:44:09 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 3