TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA MAGISTRADO PONENTE: DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ RADICACIÓN UNICA 08001310501220230001201 RADICACIÓN INTERNA 77.805 TIPO DE PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE ENGERBERTH MIGUEL ALANIZ MARTINEZ DEMANDADO JOHNNY MARACAS S.A.S. Barranquilla, dieciséis (16) de julio de dos mil veinticinco (2025).
Avóquese conocimiento del presente proceso que le correspondió por reparto a esta Sala, por la cual se dispone a admitir en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante ENGERBERTH MIGUEL ALANIZ MARTINEZ contra la sentencia del 07 de abril de 2025, proferida por el Juzgado Doce Laboral del Circuito de Barranquilla.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, frente al recurso de apelación, córrase traslado a quien apela por el término de cinco (05) días para que presente sus alegaciones. Cumplido el anterior término, córrase traslado a las demás partes por otros cinco (05) días para que presenten sus alegaciones frente al recurso de apelación. Vencidos los términos anteriores, devuelvan las respectivas diligencias al despacho a través de la Secretaría de la Sala Laboral de esta Corporación. En el evento que la representante del Ministerio Público quiera intervenir en este proceso, podrá emitir su concepto dentro del término que las partes tienen para alegar.
Los escritos de alegatos y/o concepto del Ministerio Público, deben presentarse por correo electrónico, al correo institucional de la Secretaria de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla: seclabbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co, en formato PDF, con la indicación en el asunto del correo a enviar “alegatos de conclusión” y la radicación interna del proceso, con copia del mismo a los demás sujetos procesales, dentro del horario del Distrito Judicial de Barranquilla, esto es, 7:30 A.M a 4: 00 P.M. La consulta del expediente digital podrá hacerse en la secretaria de la Sala laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla a través de s correo institucional: seclabbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Cumplido lo anterior, se conmina a las partes a estar atentas a las actuaciones, toda vez que no se fijará fecha exacta para dictar fallo de segunda instancia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ Magistrado Firmado Por: Diego Guillermo Anaya Gonzalez Magistrado Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9f55ac66b35ba7552f9b8f918a2cc9941b89470b49729d14b3d3069616c38f18 Documento generado en 16/07/2025 12:35:59 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica