República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Sala Civil REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL Bogotá, D.C., diecinueve de diciembre dos mil veinticinco. Proceso: Demandante: Demandado: Radicación: Procedencia: Asunto: Verbal The H.D. Lee Company, INC. Cincor Marroquinería S.A.S. y otros. 110013199001202528084 03 Superintendencia de Industria y Comercio.
Apelación auto 1. Revisado el expediente del epígrafe obrante en el Sistema de Gestión Documental Electrónica –SGDA–, se evidencia que, mediante auto del 2 de diciembre del cursante año1, se ordenó la devolución a la autoridad jurisdiccional de primer grado, para que se procedieran agregar los archivos que hacían parte de las carpetas 008-RECURSO DE REPOSICIÓN YO APELACION2, y 009-MEMORIAL REICA RECURSO DE REPOSICION3, en el formato habilitado y enlistado en el numeral 7.1.1.
Circular PCSJC20-27 de 2020 Anexo 1 (Protocolo para la gestión de documentos electrónicos, digitalización y conformación del expediente. Plan de digitalización de expedientes) 2. La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante oficio No. 1003-342- de 2025 del 5 de diciembre de 2025 informó sobre el cumplimiento del requerimiento, y el cambio del formato de los archivos que reposaban en eml. 3.
De conformidad con lo expuesto, y una vez inspeccionado el expediente digital cargado por la Secretaría de esta Corporación, se constata que las inconsistencias no fueron subsanadas en debida forma, en tanto los legajos aún se 1 Pdf005AutoCumplaseDevolver.pdf, Segunda Instancia, ApealcionAuto01 2 Visualizados en: Cuaderno Superintendencia. Principal.
Primera instancia. 11001319900120252808400. 3 Obrante en: Cuaderno Superintendencia. Principal. Primera instancia. 11001319900120252808400. 110013199001202528084 03 1 República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Sala Civil visualizan en el mismo formato, como se observa a continuación: 2 En consecuencia, se dispondrá la devolución de la actuación a la autoridad jurisdiccional, para que, proceda a dar cumplimiento al auto anterior, esto es incorporar las piezas faltantes en el plenario e incorporarlas al mismo conforme la Circular PCSJC20-27 de 2020 Anexo 1 (Protocolo para la gestión de documentos electrónicos, digitalización y conformación del expediente.
Plan de digitalización de expedientes) y el Acuerdo PCSJA24-12185 de 2024, organice debidamente la documental y proceda con la integración del expediente con las piezas procesales que deben conformarlo, según las observaciones anotadas. Lo anterior, sin soslayar ni excusar la obligación que recae en la autoridad judicial de primera instancia de verificar y certificar que el sumario esté correcta y completamente conformado previo a su remisión al superior.
Puestas, así las cosas, se DISPONE: 1. DEVOLVER el expediente a la Superintendencia de Industria y Comercio, para que proceda dar cabal cumplimiento a la orden impartida en auto del 2 de diciembre de 2025. 110013199001202528084 03 República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Sala Civil 2. La anterior determinación desanótese por secretaria para las entradas 02 y 03 del radicado110013199001202528084.
Cúmplase, RUTH ELENA GALVIS VERGARA Magistrada 3 Firmado Por: Ruth Elena Galvis Vergara Magistrada Sala Civil 110013199001202528084 03 Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e6381071490d77d65be4b9f29cc4f41dd0506bf94d5a7a707384a140b92c0fb5 Documento generado en 19/12/2025 09:50:52 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica