Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 030-2023-00542-02 DR ALVAREZ AUTO INADMITE RECURSO

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. Sala Civil Bogotá D.C., veintinueve (29) de enero de dos mil veintiséis (2026) Expediente No. 030202300542 02 Se inadmite el recurso de apelación que la parte demandada interpuso contra el auto de 25 de noviembre de 2024, proferido por el Juzgado 30 Civil del Circuito de la ciudad dentro del proceso de la referencia, que le ordenó al ejecutante prestar caución para responder por los perjuicios que se causen con la práctica de las medidas cautelares1, porque, según el inciso 5° del artículo 599 del CGP, contra esa providencia “no procede recurso de apelación”.

Por tanto, devuélvase el expediente al juzgado de origen.

NOTIFÍQUESE, Firmado Por: Marco Antonio Alvarez Gomez Magistrado Sala 006 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f62369f4488fb31534cfd5a99f2968ab22fe6ac9f00a52e84cb666cd60495f9f Documento generado en 29/01/2026 12:30:06 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 001PrimeraInstancia, CUADERNO No. 2 MEDIDAS CUATELARES, 041AutoOrdenaCaucion Exp. 030202300542 02 1