REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D.C., veinticinco (25) de junio de dos mil veinticuatro (2024). Expediente No. 11001-31-03-006-2021-00270-01. Demandante: SANDRA FORERO RAMÍREZ en representación de JUAN SEVASTIÁN PEÑA FORERO. Demandado: SERGIO ANDRES PEÑA GOMEZ y otros.
Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del 28 de mayo de 2024, proferida por el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Bogotá en el efecto suspensivo (artículo 327 del Código General del Proceso).
COMUNÍQUESE de esta decisión a la juez de primera instancia, comoquiera que, según el párrafo anterior y en aplicación de la parte final del artículo 325 ibídem, se ajustó el efecto en que fue concedida la alzada, por encuadrar la providencia atacada el tercer supuesto del numeral 3º inciso segundo del artículo 323 ejusdem. Imprímasele a este asunto el trámite consagrado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, con el objetivo de resolver la segunda instancia. En firme este auto, el apelante DEBERÁ sustentar el recurso dentro de los cinco días siguientes.
Se advierte que, ante su silencio, se declarará desierto el mecanismo de impugnación. Por otro lado, la Magistrada advierte la necesidad de hacer uso de las facultades contenidas en el inciso quinto del artículo 121 del Código General del Proceso. En consecuencia, se DECRETA la ampliación del plazo para resolver la instancia y se PRORROGA por el término de seis meses más, contados a partir del 14 de diciembre de 2024, inclusive, el tiempo para dictar la sentencia que en derecho corresponda.
Notifíquese y Cúmplase, FLOR MARGOTH GONZÁLEZ FLÓREZ MAGISTRADA 1