Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2024-00151-01

Sala: SALA LABORAL

Radicado: 73-349-31-05-001-2024-00151-01 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral Magistrada ponente Referencia Clase de Decisión Tipo de proceso Demandante Demandado Radicación Despacho de origen Temas y Subtemas Decisión MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Apelación de Auto Auto Ejecutivo Jack Jair Villamizar Suárez Luz Marina González Romero 73-349-31-05-001-2024-00151-01.

Juzgado Laboral del Circuito de Honda Tolima Admisión recurso y corre traslado para alegar Admite recurso y corre traslado para alegar de conclusión. Ibagué Tolima, doce (12) de febrero del dos mil veintiséis (2026) De conformidad con el artículo 65 del CPT y de la SS, es procedente admitir el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra el auto proferido el 5 de febrero de 2026 por el Juzgado Laboral del Circuito de Honda - Tolima, por medio del cual se resolvieron las excepciones planteadas por la parte ejecutada.

Por otro lado, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se dispone correr traslado a las partes por el término de cinco (5) días para presentar alegatos de conclusión por escrito. Los escritos de alegaciones deben remitirse al correo electrónico de la Secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, ssltribsupiba@cendoj.ramajudicial.gov.co; el mensaje de remisión deberá indicar como asunto “Alegatos de conclusión”, señalando además el radicado del proceso, nombre de la demandada y Magistrado Ponente.

Los alegatos deberán remitirse en archivo PDF de tamaño mínimo para compartir en Línea. Conforme lo establecido en precedencia, esta Sala Unitaria, Radicado: 73-349-31-05-001-2024-00151-01 RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación presentado por la parte demandada, contra el auto proferido en audiencia pública adelantada el cinco (05) de febrero del año dos mil veintiséis (2026), proferida por el Juzgado Laboral del Circuito de Honda - Tolima.

SEGUNDO: CORRER traslado a las partes por el término de cinco (5) días para presentar sus alegatos de conclusión. Los escritos deben acatar las instrucciones de remisión señaladas en la parte motiva de la decisión. Notifíquese y cúmplase, MONICA JIMENA REYES MARTINEZ Magistrada Firmado Por: Monica Jimena Reyes Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 2 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Radicado: 73-349-31-05-001-2024-00151-01 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b890f771db609fb07c15cbee246aa44ba9f52d504b1baf698677b996626e3d96 Documento generado en 12/02/2026 02:57:44 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica