Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Tribunal Superior de Barranquilla SICGMA SALA TERCERA DE DECISION LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA Barranquilla, trece (13) de mayo del dos mil veinticinco (2025). DEMANDANTE: GERARDO FONTALVO RODRÍGUEZ. DEMANDADO: OPEN MARKET LTDA. RAD: 080013105012-2022-00249-01 RADICACIÓN INTERNA: 74237-C (REPARTO DIGITAL) MAGISTRADA PONENTE: KATIA VILLALBA ORDOSGOITIA Visto el informe secretarial que antecede, y al efectuar el examen preliminar de las actuaciones enviadas con miras a verificar, entre otras, la procedencia del recurso o recursos concedidos, se observa, proveído de calenda 13 de diciembre de 2024, proferido por el A-quo, donde resuelve: “… PRIMERO: ACÉPTESE el de DESISTIMIENTO de las pretensions de la demanda, contra la sociedad OPEN MARKET LTDA, con ocasión al contrato de transacción suscrito, por lo expuesto previamente.
SEGUNDO: DAR POR TEMRINADO el proceso ORDINARIO LABORAL seguido por el señor GERARDO JOSÉ FONTALVO RODRÍGUEZ y la sociedad OPEN MARKET LTDA, radicado No. 08-001-31-05-012-202200249-00 TERCERO: Ejecutoriado el presente auto, archívese el expediente…” Así mismo, se observa memorial suscrito por la apoderada de la demanda donde coadyuva el desistimiento presentado por la parte actora, indicando que desiste de todos los recursos presentados al interior del presente proceso.
Cra 45 N° 44-12 oficina 406- Tribunal Superior de Barranquilla www.ramajudicial.gov.co Correo: sl02bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Tribunal Superior de Barranquilla SICGMA Como quiera, que el proceso ya culminó por pago y el A-quo ordenó el archivo del expediente, previo a ello, la demandada desistió de los recursos interpuesto, no hay lugar a pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto la parte demandada, contra el auto del 6 de agosto de 2023.
Por lo anterior, se ordena la devolución del proceso de la referencia al juzgado de origen. Ordenándose a la secretaría de la Sala, se hagan las anotaciones del caso.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Katya Felicia Villalba Ordosgoitia Magistrado Sala 007 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 90cf05f2c98c2b331095e22083eceadb46c1c534c2fe39d160e572e35f02e4b0 Documento generado en 13/05/2025 12:50:15 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Cra 45 N° 44-12 oficina 406- Tribunal Superior de Barranquilla www.ramajudicial.gov.co Correo: sl02bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico.