Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 8 08758318400320250012102 03AUTOADMITE-AUTOAVOCA

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Ponente: Bernardo López

Proceso Disolución de la Sociedad Conyugal instaurado por ROGER ENRIQUE FONTALVO BARROS contra NACIRIS YANETH PEREZ FRANCO. Código 08758318400320250012102 República de Colombia Consejo Superior de la Judicatura Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Quinta Civil-Familia - Unitaria Barranquilla Atlántico MAGISTRADO SUSTANCIADOR: BERNARDO LÓPEZ Barranquilla- Atlántico, abril veintidós (22) de dos mil veintiséis (2026) Código: 08758318400320250012102 Proceso: Declaración Sociedad Patrimonial Demandante: ROGER ENRIQUE FONTALVO BARROS Demandado: NACIRIS YANETH PEREZ FRANCO Procedencia: Juzgado Tercero Promiscuo de Familia de Soledad Asunto: Apelación Sentencia Se admite en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia proferida el 17 de marzo de 2026 por el Juzgado Tercero Promiscuo de Familia de Soledad.

Una vez cobre ejecutoria la decisión, el apelante tendrá cinco (5) días para sustentar el recurso y luego se dará traslado a la contraparte por igual término, conforme a la ley 2213 de 2022, y el artículo 110 del Código General del Proceso. Los escritos de sustentación deberán ser remitidos a los seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co; correos con electrónicos copia a scf01bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, BERNARDO LÓPEZ Magistrado Firmado Por: Bernardo Lopez Magistrado Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Proceso Disolución de la Sociedad Conyugal instaurado por ROGER ENRIQUE FONTALVO BARROS contra NACIRIS YANETH PEREZ FRANCO.

Código 08758318400320250012102 Código de verificación: 72a721b3d18b3ce4cc885904448e293f45a37a41165c0edc4a0b04bed8ce8c1d Documento generado en 22/04/2026 08:53:55 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica