Micelio

auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: 02 I378-Admite2021-00240

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 378 Radicación No. 76-111-31-05-001-2021-00240-01 Guadalajara de Buga, nueve (09) de octubre de dos mil veinticuatro (2024). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada contra el auto interlocutorio N°496 del 05 de septiembre de 2024, mediante el cual declaró no probadaslas excepciones previas; providencia proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Buga – (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral promovido por LUIS ALFONSO ESCOBAR LLANOS contra JAVIER SATIZABAL TASCÓN. Providencia susceptible del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el numeral tercero del artículo 3 del CPT y de la SS.

Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Notifíquese en estado GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ecec0f5bd8525872c3e6cd43776828bb7e0d6eaa4ca82aceffba87e74022cadc Documento generado en 09/10/2024 02:19:01 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica