Micelio

auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: RAD. 2024-00318-00 AUTO DESIGNA CURADOR - FIRMADO

Ponente: Enasheilla Polanía Gómez

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Civil Familia Laboral Magistrada Sustanciadora: Dra. ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Proceso: Tutela de 1ª instancia Radicación: 41001-22-14-000-2024-00318-00 Accionante: KAREN YARIZA HUEJE FARFÁN En representación de P.A.V.H. Accionados: JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE NEIVA (H.) POLICÍA NACIONAL Vinculados: FABIÁN BAHAMÓN MOSQUERA EJÉRCITO NACIONAL DE COLOMBIA EJÉRCITO NACIONAL – COMANDO DE PERSONAL EJÉRCITO NACIONAL – DIRECCIÓN DE PERSONAL – DIPER Asunto: Auto designa curador ad litem Neiva, 13 de noviembre de 2024 Por medio de auto adiado 08 de noviembre hogaño, se dispuso notificar al señor FABIAN BAHAMÓN MOSQUERA a las direcciones electrónicas fabianbah23@gmail.com, y bahamonmosquera95@gmail.com, resultando infructuosa la comunicación de la presente acción a dichos buzones, razón por la cual, al ser de imperiosa necesidad surtirse su debida notificación para garantizarle el derecho a la contradicción y defensa, se dispondrá emplazarlo con la consecuente designación de curador ad litem.

Por lo anterior, se,

RESUELVE

PRIMERO: DISPÓNGASE que, a través de la Secretaría de esta Corporación, se efectúe la notificación de este proveído al señor FABIÁN BAHAMÓN MOSQUERA, mediante la elaboración de un aviso emplazatorio, que deberá fijarse en el micrositio de esta corporación, y en la página web de la Rama Judicial. Se designa como curador ad litem al Doctor Jarlintón Alarcón Hernández1, quien deberá representar a la mentada parte, abogado inscrito en este circuito judicial, el cual podrá ser notificado a la dirección física y/o electrónica reportada a través del SIRNA.

Una vez notificado, concédasele el término de un (01) día para pronunciarse respecto de los hechos que dieron lugar a la interposición de la presente acción constitucional, para lo cual deberá allegar su escrito dentro del plazo antes mencionado al correo electrónico tutelastscflnva@cendoj.ramajudicial.gov.co. Notifíquese y Cúmplase, ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Magistrada Sustanciadora Firmado Por: Enasheilla Polania Gomez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d29f4374d69761ca3e48bf1b3ac5d37194d16452f18f1a1742fdf4f369417213 Documento generado en 13/11/2024 01:51:50 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 1 jarlintonalarcon@gmail.com 2