Micelio

auto — Tribunal Superior de Cundinamarca

Radicado: AutoAdmite2024-033

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Eduin De La Rosa Quessep

TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA SALA LABORAL MAGISTRADO PONENTE: EDUIN DE LA ROSA QUESSEP PROCESO ORDINARIO LABORAL PROMOVIDO POR FLORALBA GARCÍA ARDILA CONTRA MUNICIPIO DE GIRARDOT. Radicación No. 25307-31-05-001-202400033-01 Bogotá D.C., veintidós (22) de julio de dos mil veinticuatro (2024) AUTO De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, se dispone dar el trámite pertinente a este proceso.

Así las cosas, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 82 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el artículo 13 de la Ley 1149 de 2007, ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandante contra el auto proferido el 8 de mayo de 2024 por el Juzgado Laboral del Circuito de Girardot, Cundinamarca, mediante el cual negó un mandamiento de pago, de conformidad con lo preceptuado en el numeral 8º del artículo 65 del CPTSS.

Ejecutoriado el presente auto, vuelvan las diligencias al despacho.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, EDUIN DE LA ROSA QUESSEP Magistrado Firmado Por: Eduin De La Rosa Quessep Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Soacha - Cundinamarca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 007cc9e88e600fc8b89df0b833af02bde6d4708cc072ede85a80dd922ac9b3c4 Documento generado en 22/07/2024 08:58:23 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica