Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 040-2020-00373-03 DR ACOSTA AUTO ORDENA ABONAR

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Ricardo Acosta Buitrago

Bogotá, D. C., veinticuatro (24) de abril de dos mil veinticinco (2025) MAGISTRADO SUSTANCIADOR: RICARDO ACOSTA BUITRAGO DEMANDANTE DEMANDADOS CLASE DE PROCESO LOGROS FACTORING COLOMBIA S.A. OCBOT TRADING ESTRUCTURADO S.A.S. y ROBERT HOWARD FLYNN MARTÍNEZ EJECUTIVO Revisado el expediente se observa que contiene dos apelaciones planteadas por los demandados.

Una, contra el proveído del 1 de octubre del 2024 mediante el cual el Juzgado 40 Civil del Circuito de Bogotá decretó una cautela (29AutoDecretaMedida C2 202410019\02MedidasCautelares). La otra, en oposición al interlocutorio del 27 de febrero del presente año, que negó un incidente de nulidad. (03AutoResuelveNulidad 20250227\08CuadernoIncidenteNulidad) Empero, solo fue registrada aquella bajo el consecutivo 11001310304020200037303 más no la última.

Por tanto, se ordena a la secretaría de este tribunal abonar la otra apelación. CÙMPLASE, Código Único de Radicación: 11001310304020200037303 Radicación Interna 6626