REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ SALA CIVIL FAMILIA UNITARIA Ibagué, veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro (73001-22-13-000-2024-00210-00) 1. Avóquese conocimiento de la solicitud de Habeas Corpus formulada por Ever Esneider Martínez Ramírez en contra del Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué, así como el Complejo Carcelario y Penitenciario de Alta y Mediana Seguridad de Ibagué – COIBA Picaleña. 2.
Conforme lo previsto en el artículo 5º de la ley 1095 de 2006, se decreta la práctica de las siguientes pruebas: 2.1. Solicítese al director del Complejo Carcelario y Penitenciario de Ibagué – COIBA y el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué, rendir informe sobre lo indicado por el promotor de la acción. 2.2.
Solicítese al Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué, remitir a la Corporación inmediatamente y en forma virtual, las piezas procesales que tengan relación con la causa penal adelantada en contra de Ever Esneider Martínez Ramírez, atendiendo los lineamientos establecidos por el Consejo Superior de la Judicatura para el manejo de los expedientes digitales, con el fin de practicar la correspondiente inspección judicial. 2.3.
Solicítese al Complejo Carcelario y Penitenciario de Ibagué COIBA remitir de manera inmediata y por medio digital, la ficha biográfica de Ever Esneider Martínez Ramírez. 2.4. Aplazase la entrevista personal hasta tanto se conozca la información del expediente del peticionario. 3. Precísese a los intervinientes que las pruebas relacionadas deberán ser remitidas a la Colegiatura a través de la siguiente dirección electrónica: sscftribsupiba@cendoj.ramajudicial.gov.co 73001-22-13-000-2024-00210-00 4.
Comuníquese por intermedio de la secretaría del Tribunal la decisión aquí adoptada a las partes interesadas, por el medio más expedito y eficaz, remitiéndose copia digital del escrito allegado por el promotor de la acción. Cúmplase, Firmado Por: Julian Sosa Romero Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7cc996a435ed03ddd1121b18494fed222018c823776eb0dd47173f8fb46f2fb9 Documento generado en 28/05/2024 01:45:13 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2