Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: 001. 003-2022-00168-01 JAVP AutoDeclaraDesiertaApelaciónParcialmente

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Jurisdicción Ordinaria Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cali Sala Civil REFERENCIA COMPLETA: Rad. Única Nal: 76001-31-03-003-2022-00168-01 Radicación interna: 5378 Proceso: Verbal de responsabilidad civil contractual Demandante: Adriana Stella Arango Bustamante y otros Demandados: Constructora Alpes S.A., Fiduciaria Popular y otros Procedencia: Juzgado 3 Civil del Circuito de Cali Motivo: Declara Desierta Apelación Magistrado Sustanciador: JULIÁN ALBERTO VILLEGAS PEREA.

Santiago de Cali (V), veintiocho (28) de julio del dos mil veinticinco (2025). Teniendo en cuenta que dentro del término concedido en la providencia del 16 de septiembre del 2024, notificada en estados el día 17 de septiembre del mismo año, el apoderado de la demandada Constructora Alpes S.A. En Liquidación Judicial no sustentó el recurso de apelación, interpuesto en contra de la sentencia de primera instancia del 01 de agosto del 2024, y que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del Código General del Proceso, dicha omisión conlleva a la deserción de la alzada, tal y como se advirtió en la providencia aludida al inicio, el suscrito Magistrado declarará desierto el medio impugnaticio.

RESUELVE

PRIMERO. - DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la demandada Constructora Alpes S.A. En Liquidación Judicial, en contra de la sentencia de primera instancia del 01 de agosto del 2024, proferida por el Juzgado Tercero Civil del 76001-31-03-003-2022-00168-01 Circuito de Cali dentro del proceso de la referencia, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de este proveído.

SEGUNDO. - Ejecutoriada la presente providencia pase el expediente a Despacho para la sustanciación de la Sentencia que resuelve los recursos de apelación interpuestos y sustentados oportunamente por la parte demandante y la demandada Fiduciaria Popular en su nombre y como vocera del Patrimonio Autónomo Entre Brisas de Chipichape.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE El Magistrado, JULIÁN ALBERTO VILLEGAS PEREA Firmado Por: Julian Alberto Villegas Perea Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 40e15ab99ce7824237572be374ee20c323c1b6bb25eab05fc7026046d31b3fa5 Documento generado en 28/07/2025 12:01:34 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 76001-31-03-003-2022-00168-01