Micelio

auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 14. 41001-31-05-001-2020-00314-01 AutoReconocePersoneriaAdmiteRenuncia Dr Enasheilla

Ponente: Enasheilla Polanía Gómez

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Civil Familia Laboral Magistrada Sustanciadora: ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Proceso: Ordinario Laboral Radicación: 41001-31-05-001-2020-00314-01 Demandante: FRANCISCO JOSÉ REPIZO MUÑOZ Demandados: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES: COLFONDOS S.A. PENSIONES Y CESANTÍAS: ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN S.A. Procedencia: Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva Asunto: Reconoce personería Neiva, ocho (08) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) Conforme al memorial recepcionado vía correo electrónico por el representante legal FABIO ERNESTO SÁNCHEZ PACHECO de la sociedad REAL CONTRACT CONSULTORES S.A.S., identificada con Nit. 901.546.704-9, quien funge como apoderado de la entidad COLFONDOS S.A. PENSIONES Y CESANTÍAS, acorde al poder general otorgado mediante escritura pública N° 5034 del 28 de septiembre de 2023, adjunta a la solicitud1, quien sustituye el poder2, a la abogada YEINNI KATHERIN CEFERINO VANEGAS, para que continúe la representación en el presente proceso, se dispondrá reconocer personería para actuar, quien a su vez, comunica la renuncia al poder 1 Carpeta Segunda Instancia, archivo PDF 54 del expediente digital. 2 Carpeta Segunda Instancia, archivo PDF 53 (41001-31-05-001-2020-00314-01) Francisco José Repizo Muñoz República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Civil Familia Laboral conferido3, advirtiéndose su pedimento ajustado a lo previsto en el artículo 76 del C.G.P., se admitirá. Por lo anterior, se

RESUELVE

1.- RECONOCER personería para actuar a la abogada YEINNI KATHERIN CEFERINO VANEGAS, identificada con cédula 1.014.263.207 de Bogotá y T.P. N°. 290.472 del C.S. de la J., para representar a la demandada COLFONDOS S.A. PENSIONES Y CESANTÍAS, en los términos del poder de sustitución allegado. 2.- ADMITIR la renuncia al poder presentada por la abogada YEINNI KATHERIN CEFERINO VANEGAS, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.014.263.207 de Bogotá y T.P. N°. 290.472 del C.S.J., quien representaba judicialmente a la demandada COLFONDOS S.A. PENSIONES Y CESANTÍAS.

Notifíquese y Cúmplase. ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Magistrada Sustanciadora 3 Carpeta Segunda Instancia, archivo PDF 58 y PDF 59 (41001-31-05-001-2020-00314-01) Francisco José Repizo Muñoz Firmado Por: Enasheilla Polania Gomez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2e40c248189339da7d49922fb28b7a203f2080afec37ee71bb2adbed3cb41885 Documento generado en 08/11/2024 09:53:03 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica