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auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: 164 AutoAvocaConocimientoApelacionScia2023-00347-01

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL BUGA SALA LABORAL REFERENCIA: TIPO ACTUACION: PROCESO: DEMANDANTE: DEMANDADO: RADICACIÓN: AUTO ADMISORIO APELACIÓN DE SENTENCIA ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA JULIO CESAR ALVARADO GAMEZ CLÍNICA SAN FRANCISCO S.A. 76-834-31-05-002-2023-00347-01 Guadalajara de Buga, diecinueve (19) de mayo de dos mil veintiséis (2026).

AUTO No. 164 Se admite el conocimiento del presente asunto, a fin de impartirle el trámite legal de la segunda instancia, en la forma y términos previstos en el Art. 82 del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social. Así mismo, atendiendo lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, se corre traslado por cinco (5) días a cada una de las partes - los cuales comienzan a correr a partir del día siguiente de la notificación del presente Auto; iniciando por el recurrente (Demandante) a efectos de que en forma escrita y a través del correo electrónico de la Secretaria de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito judicial de Buga (sslabbuga@cendoj.ramajudicial.gov.co), aporten, si es su deseo hacerlo, las alegaciones finales en el proceso de la referencia; vencidos dichos términos, se proferirá sentencia que ponga fin en segunda instancia, también por escrito.

NOTIFÍQUESE CONSUELO PIEDRAHÍTA ALZATE Magistrada Firmado Por: Consuelo Piedrahita Alzate ____________________________________________________________________________________________________________________________ Palacio de Justicia Calle 7 No. 14-32, Oficina 211, telefax: 2375524- 2375525 Notificaciones Judiciales: sslabbuga@cendoj.ramajudicial.gov.co Consulte su proceso en la página www.ramajudicial.gov.co link CONSULTA DE PROCESOS Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fbd902c011b10b345d18526844e19efed17bb0ce851f5b9c92989eba654ac045 Documento generado en 19/05/2026 01:40:45 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica