TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA SALA DE DECISIÓN LABORAL Magistrada Ponente: Martha Ruth Ospina Gaitán Expediente Ejecutivo Laboral No. 25286 31 05 001 2009 00345 02 Elian Matias Scrosoppi vs. IFX Networks Colombia Ltda. Bogotá D. C., nueve (09) de febrero de dos mil veintiséis (2026). Auto Encontrándose este asunto para resolver el recurso de apelación presentado por la parte ejecutante contra el auto que modificó la liquidación del crédito, proferido el 8 de agosto de 2025 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Funza – Cundinamarca; se advierte que no hay lugar a ello, toda vez que el proceso ordinario en segunda instancia fue conocido por el despacho del cual era titular el Mg.
Eduin de la Rosa Queseep, quien mediante sentencia del 20 de octubre de 2011 revocó el fallo de primer grado; así mismo mediante auto del 4 de agosto de 2022 resolvió el recurso de apelación contra el auto que declaró infundadas las excepciones de mérito propuestas por la parte ejecutada y ordenó seguir adelante con la ejecución, entre otros aspectos; en el marco del proceso ejecutivo a continuación del ordinario.
Luego, por conocimiento previo, el proceso debió asignársele al Mg. Diego Fernando Guerrero Osejo, el nuevo titular del despacho, para que resuelva el mentado medio de impugnación, y como ello no ocurrió, se devuelve el expediente digital a la secretaría de la Sala Laboral de este Tribunal, para que adopte las medidas de saneamiento necesarias para enmendar la falencia encontrada.
Notifíquese y cúmplase, 1 Expediente No. 25899 31 05 001 2009 00345 02 Firmado Por: Martha Ruth Ospina Gaitan Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Laboral Tribunal Superior De Cundinamarca - Cundinamarca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 93b8a2bd01951619c33c02b1e1020fa24fda2c8c465f3a0255dc47a30c84fae6 Documento generado en 09/02/2026 02:47:22 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2