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auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: S34 - AutoObedecerCumplir-2014-00259

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL BUGA SALA LABORAL PROCESO DEMANDANTE DEMANDADO RADICACION ORDINARIO LABORAL – SEGUNDA INSTANCIA LUIS ENRIQUE PEÑALOZA CHAPARRO PORVENIR S.A. 76-834-31-05-001-2014-00259-01 AUTO No. 34 Guadalajara de Buga, veintiséis (26) de mayo de dos mil veintiséis (2026). OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo resuelto por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, Corporación que, en providencia del 18 de junio de 2025, decidió REVOCAR los numerales primero, segundo, tercero y quinto de la sentencia proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Tuluá el 20 de febrero de 2015; y, en su lugar declarar probadas las excepciones de inexistencia de la obligación y cobro de lo no debido.

En lo que corresponde al recurso extraordinario de casación, no se fijaron costas. En consecuencia, las costas y agencias en derecho se liquidarán conforme lo dispuso el superior, esto es, sin costas en segunda instancia y las de primera instancia a cargo del demandante. Por consiguiente, liquídense en los términos dispuestos en el artículo 366 del Código General del Proceso.

No habiendo más que resolver, se ordena el regreso del proceso al lugar de origen, previa cancelación en los libros respectivos.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firma electrónica GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 39ca0c369e1844c05044fadbc2e0f226c622c013fa40e8ca958f9b62e50460bc Documento generado en 26/05/2026 05:10:13 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica