05001310500320220028201 Desistimiento del Recurso de Casación SALA SEGUNDA DE DECISIÓN LABORAL LUGAR Y FECHA Medellín, 16 de septiembre de 2025. PROCESO Ordinario RADICADO 05001310500320220028201 DEMANDANTE DEMANDADO LUIS FERNANDO BERNAL ANGULO ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES PROVIDENCIA Auto Acepta Desistimiento M. PONENTE MARTHA TERESA FLÓREZ SAMUDIO En el marco del presente proceso ordinario laboral, se recibió una comunicación formal por parte del apoderado judicial del demandante, remitida mediante correo electrónico y fechada el 8 de septiembre de 2025.
En dicho escrito, el abogado manifestó de manera expresa la decisión de desistir del recurso extraordinario de casación, interpuesto dentro del presente trámite. Cabe precisar que el auto que resolvió el recurso extraordinario fue proferido por este Tribunal el 5 de septiembre de 2025, y notificado mediante estados del 8 de miso mes y año, habiéndose concedido por cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social (C.P.T. y de la S.S.).
El desistimiento presentado por el apoderado judicial implica la renuncia expresa por parte del demandante a continuar con la tramitación del recurso extraordinario de casación, con lo cual se extingue su curso procesal. Verificado el poder conferido al mandatario judicial y en atención a lo establecido en el artículo 316 del Código General del Proceso, el Tribunal encuentra ajustado a derecho el desistimiento formulado, razón por la cual se declara que hay Alejandra S. 05001310500320220028201 Desistimiento del Recurso de Casación lugar a aceptarlo.
En consecuencia, se ordena la devolución del expediente al juzgado de origen para que se surtan las actuaciones procesales a que haya lugar conforme a derecho. En consecuencia, el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN, Sala Segunda de Decisión Laboral,
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR EL DESISTIMIENTO del recurso de casación interpuesto por el señor LUIS FERNANDO BERNAL ANGULO.
SEGUNDO: ORDENAR el envío del expediente al juzgado de origen, Tercero Laboral del Circuito de Medellín, para los fines pertinentes. Lo resuelto se notifica mediante anotación por ESTADOS. Los Magistrados, Alejandra S. 05001310500320220028201 Desistimiento del Recurso de Casación Rubén Darío López Burgos Secretario EL SUSCRITO SECRETARIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN – SALA LABORAL - HACE CONSTAR Que la presente providencia se notificó por estados del 17 de septiembre de 2025 Alejandra S.