Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA CIVIL DE DECISIÓN Medellín, veintiuno (21) de junio de dos mil veinticuatro (2024) Proceso: Radicado: Demandantes: Demandado: Decisión: Verbal 05001310302220220007001 Laurentina Sánchez Carmona y otros José Jesús Giraldo Alzate Admisión recurso de apelación Realizado el examen preliminar de que trata el artículo 325 del Código General del Proceso, se verifica el cumplimiento de todos los requisitos legales que se exigen en dicha preceptiva, por lo que se ADMITE la apelación formulada por ambas partes contra de la sentencia proferida en la audiencia del 21 de julio de 20231.
Ahora, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto empezará a correr el término de cinco (5) días, para que la parte demandante sustente los reparos concretos formulados en la audiencia de fallo y la demandada amplié la sustentación de los formulados en el mismo acto y los presentados por escrito dentro de los tres (3) días siguientes2; seguidamente correrá el traslado a la parte contraria de la sustentación presentada por cada una, incluyendo la de primera instancia, para que dentro de los cinco (5) días siguientes se pronuncie frente la misma, si a bien lo tienen.
De requerirse el expediente digital por alguna de las partes, deberán solicitar el link correspondiente a la SECRETARIA DE LA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL 1 2 39AudienciaFallo.mp4 / 05001310302220220007000 CDNO NRO. 01 PPAL / 01PrimeraInstancia 41Memorial20230725.pdf /05001310302220220007000 CDNO NRO. 01 PPAL / 01PrimeraInstancia SUPERIOR DE MEDELLÍN, al correo electrónico secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co.
En todo caso, se advierte a las partes que por el alto volumen de congestión que este despacho presentaba para el 11 de enero del año en curso en que el suscrito tomó posesión del cargo en propiedad, fue necesario adoptar un plan de descongestión que se dio a conocer a todos los usuarios, al cual deberá sujetarse el trámite posterior.
NOTIFÍQUESE BENJAMIN DE J. YEPES PUERTA Magistrado Firmado Por: Benjamin De Jesus Yepes Puerta Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: af19bc10859d7492e3a1245e14990f35350ec97e77b2972f5efb70eff1ca2245 Documento generado en 21/06/2024 04:39:49 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Radicado No. 05001310300120200009701