TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA SÉPTIMA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D. C., veintisiete de marzo de dos mil veinticinco 11001 3103 002 2023 00073 01 Ref. proceso verbal de Yessica Lorena España Palacio (y otras) frente a La Equidad Seguros Generales Organismo Cooperativo (y otros) El suscrito Magistrado declara que no estuvo bien DENEGADO el recurso de apelación interpuesto por la demandada Transportes Especiales del Valle S.A. contra el auto de 11 de febrero de 2025, mediante el cual el Juzgado 52 Civil del Circuito de Bogotá rechazó, por “extemporánea” la solicitud de decreto “oficioso” de varias pruebas1.
Contrario a lo que sostuvo el juez a quo, la reseñada determinación involucra, en últimas, la denegación del decreto de pruebas que solicitó la reseñada opositora, hipótesis que se amolda a las previsiones del numeral 3º del artículo 321 del C. G. del P., a cuyo tenor, es apelable el auto “que niegue el decreto o la práctica de pruebas”. Entonces, procede la alzada que formuló la quejosa contra el auto de 11 de febrero de 2025, en el efecto devolutivo (art. 323, ibidem).
Del mencionado recurso, Secretaría corra traslado a la parte no apelante por el término y en la forma previstos en el artículo 326 de la misma codificación; abone la apelación, previas las constancias de rigor y entere de lo aquí decidido al juez de primera instancia (inciso final del artículo 353 del referido estatuto procesal). Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Oscar Fernando Yaya Peña Magistrado Sala 011 Civil Sostuvo la solicitante de la prueba que su petición se “refiere a documentos y un testimonio respecto de asuntos que fueron objeto de mención por parte de los interrogados en el entorno de los interrogatorios de parte”. 1 Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: af1f2fc71bdda63aea28f316a0ada07500b9da843e261ccc1cfb21ab0b8d3feb Documento generado en 27/03/2025 09:13:36 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica OFYP Recurso de queja 2023 00073 01