República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D. C., treinta (30) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Proceso Demandante Demandado Radicado Instancia Decisión Declarativo – Incumplimiento de contrato Conjunto Residencial Caicú P.H Construcciones Arrecife S.A. 110013103 015 2014 00542 04 Segunda Continúa trámite apelación principal y Dispone trámite apelación adhesiva 1.
Téngase en cuenta que la demandada Construcciones Arrecife S.A. acercó escrito de apelación adhesiva, para lo cual, queda sujeta a lo dispuesto en el parágrafo del artículo 322 y al inciso segundo del artículo 328 del Código General del Proceso. 2. Retórnese el expediente a secretaría para la contabilización del término de 5 días que queda por correr al apelante para la sustentación de la alzada, como mandato del inciso tercero del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, bajo la claridad que i) el lapso de ejecutoria y para solicitar pruebas ya fue descontado y ii) durante el término de traslado a los no recurrentes la demandante podrá pronunciarse sobre la apelación adhesiva de la demandada. 3.
Se recuerda a las partes que cualquier memorial al respecto deberá remitirse al correo electrónico secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE, Firma Electrónica IVÁN DARÍO ZULUAGA CARDONA Magistrado Firmado Por: Ivan Dario Zuluaga Cardona Magistrado Sala 010 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., T.S.B. – S.C. - RAD. 110013103 015 2014 00542 04 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 96e481fce28118cc81730caa68af31a223739fd0608921c1dc10107c6e38ef9a Documento generado en 29/10/2025 04:43:08 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica