Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: 002. 015-2018-00112-01JDCE AutoAdmiteDte

Sala: SALA CIVIL

Apelación de Sentencia – Deslinde y Amojonamiento Walter Osorio Patiño y otros Vs Jhon Jairo Patiño Cabanzo y otros. Rad. 76001-3103-015-2018-00112-02 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI DECISIÓN UNITARIA MAGISTRADO SUSTANCIADOR JOSÉ DAVID CORREDOR ESPITIA Santiago de Cali, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro.

Procédase a resolver sobre la admisión del recurso de apelación propuesto por la parte demandante en contra de la sentencia proferida el 14 de Marzo de 2024, por el Juzgado 15 Civil del Circuito, en el proceso VERBAL DE OPOSICION AL DESLINDE Y AMOJONAMIENTO de la referencia, promovido por WALTER OSORIO PATIÑO, ANTONIO CARDONA ARENAS, LUZ ANGELA CARDONA GIRALDO, OLGA GIRALDO DE CARDONA, JULIAN ANDRES y WALTER OSORIO CARDONA en contra de JHON JAIRO, ALEXANDER y WILSON CARDONA CABANZO, por lo que el suscrito Magistrado, RESUELVE:

PRIMERO. Admítese en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, de conformidad con los Art. 323 y 327 del C.G.P.

SEGUNDO. En consecuencia, obsérvese, por las partes y por Secretaría, lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Vencidos los términos anteriores, ingrese para proferir la respectiva sentencia. Las partes deberán remitir los escritos de sustentación y réplica, o cualquier otra solicitud, al correo institucional de la Secretaría de la Sala Civil de esta Corporación: sscivcali@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE. (Firmado Electrónicamente) JOSÉ DAVID CORREDOR ESPITIA Magistrado Jose David Corredor Espitia Firmado Por: Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 50704c535c6cdc3757ba6bf1c1e1dd6b4b41ccddc00cc67b68848b2a3917e65c Documento generado en 25/06/2024 03:11:47 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica