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auto — Tribunal Superior de Santa Marta

Radicado: 2017.00059.02 AUTO ADMITE APELACION SENTENCIA

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SANTA MARTA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL – FAMILIA Magistrada Sustanciadora: Dra. MARTHA ISABEL MERCADO RODRÍGUEZ Santa Marta, catorce (14) de abril de dos mil veintiséis (2026) EJECUTIVO (A CONTINUACIÓN DE VERBAL) 47.189.31.53.002.2017.00059.03 En virtud de lo establecido en los Arts. 322 y 323 del C. G. del P., y el canon 12 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, admítase en el efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto por Coltanques S.A.S. frente a la sentencia dictada el 15 de mayo de 2025, por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Ciénaga – Magdalena, al interior del proceso ejecutivo promovido por Edinson Alberto Ruiz De La Hoz, Dionisia Esther Ruiz Castro, Edilsa Judith Ruiz Ruiz, Yajaira Yasmín Ruiz Ruiz, Kati Patricia Ruíz Ruíz, Edinson Rafael Ruíz Ruíz, Mirley Yohana Ruíz Ruíz, Álvaro Javier Ruíz Ruíz, Janer Javier Ruíz Ruíz, Álvaro Javier Ruíz Villafaña, Alejandra Patricia Ruíz Villafaña, Laura Simena Ruíz Villafaña, Luis Alejandro Ruíz Villafaña y Luis Alejandro Ruíz Torné contra el recurrente y Pablo Andrés Forero Carrillo.

Se le advierte a la parte recurrente que, de conformidad con la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, deberá sustentar el recurso formulado a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de esta providencia. De la sustentación se correrá traslado a la parte contraria por el término de cinco (5) días. Si no se sustenta oportunamente la alzada, se declarará desierta.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARTHA ISABEL MERCADO RODRÍGUEZ Magistrada Firmado Por: Marta Isabel Mercado Rodriguez Magistrada Sala Civil Familia Tribunal Superior De Santa Marta - Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0acac0b1473360501e0e32fb14b6bbfa3bd389e9d56c52ee2dbb5ca9223aef33 Documento generado en 14/04/2026 01:06:32 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica