Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura de Santander Tribunal Superior Distrito Judicial San Gil – Santander TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL – FAMILIA - LABORAL SAN GIL – SANTANDER San Gil, cinco (05) de diciembre de dos mil veinticinco (2025). Magistrado Ponente: DR. CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ ACCIÓN: PROVIDENCIA ORDINARIO LABORAL AUTO ADMITE APELACIÓN DEMANDANTE: EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO, ASEO Y GESTION ENERGETICA DE ALUMBRADO PUBLICO DE SAN GIL ACUASAN E.I.C.E. E.S. P DEMANDADO: - SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DE SERVICIOS PUBLICOS, LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN, LAS COMUNICACIONES AUTONOMAS, LOS INSTITUTOS DESCENTRALIZADOS Y TERRITORIALES DE COLOMBIA “SIMTRAEMSDES” JUZGADO DE JUZGADO LABORAL DEL CIRCUITO DE SAN GIL, ORIGEN: SANTANDER RADICACIÓN: 68-679-31-05-001-2024-00076-01 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el efecto suspensivo, la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandante – ACUASAN EICE ESP - contra la decisión proferida en audiencia del veintidós (22) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), por el Juzgado Laboral del Circuito de San Gil, Santander, dentro del proceso de la referencia. Ejecutoriada esta providencia, la apelante deberá allegar el escrito de alegaciones finales a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, memorial que deberá ser remitido al correo electrónico seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Una vez finalizado lo anterior, por la Secretaría de la Corporación, córrase traslado por el mismo término a la parte o sujeto no recurrente, para que igualmente se pronuncie POR ESCRITO que deberá igualmente, ser allegado a la dirección electrónica ut supra. Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho, para sí es del caso, emitir la Sentencia, en la oportunidad correspondiente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ Magistrado Ponente Firmado Por: Carlos Villamizar Súarez Magistrado Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1c20c7ab7741443ff2fe01153e26df57b029ed1cb1c79a213a5b5e8314612612 Documento generado en 05/12/2025 05:53:25 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica