Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Medellín, cinco (5) de junio de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Radicado: Demandante: Demandada: Providencia: Sustanciador/ponente: Verbal RC 05001 31 03 013 2023 00181 01 Camilo Ochoa Villegas y otro Dliving SAS Auto que admite apelación Ricardo León Carvajal Martínez Se admite el recurso de apelación formulado por ambas partes frente a la sentencia pronunciada por el JUZGADO TRECE CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN el 24 de abril de 2025, en el proceso VERBAL adelantado por CAMILO OCHOA VILLEGAS y CAMILO BERNAL PINEDA contra DLIVING SAS.
De conformidad con lo previsto por el numeral 3° inciso 2° del artículo 323 del CGP en el efecto SUSPENSIVO. Con lo estipulado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriado el presente auto, el apelante deberá presentar sus alegaciones dentro del término de cinco (5) días, al cabo de los cuales se correrá traslado por Secretaría por cinco (5) días a la parte contraria, sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022.
NOTIFÍQUESE POR ESTADOS Y ELECTRÓNICAMENTE. Radicado Nro. 05001 31 03 013 2023 00181 01 Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” (Firma electrónica) RICARDO LEÓN CARVAJAL MARTÍNEZ MAGISTRADO Radicado Nro. 05001 31 03 013 2023 00181 01 Firmado Por: Ricardo Leon Carvajal Martinez Juez Sala 09 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5a6da478087293dbfc5c7f3c1947a87d378d24ea5ad43c2d9d149d21bc8aa1e5 Documento generado en 05/06/2025 03:50:11 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica