Micelio

auto — Tribunal Superior de Santa Marta

Radicado: 01-2023-00076-01 admite consulta sentencia

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA SALA SEGUNDA LABORAL Magistrada Ponente: KAREN PAOLA MESA VILLAMIZAR Santa Marta, D.T.C.H., veintiocho (28) de mayo de dos mil veintiséis (2026). RAD.: 47-001-31-05-001-2023-00076-01 REF.: PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE: YORLAN DE JESÚS JIMÉNEZ REALES DEMANDADO: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES LITIS CONSORTE: CECILIA JIMÉNEZ MANJARREZ AUTO Procede el Despacho a decidir acerca de la admisión del grado jurisdiccional de consulta concedido por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Santa Marta contra la sentencia proferida el 22 de octubre de 2025.

En consecuencia, por ser competente esta Sala para conocer de los grados jurisdiccional de consulta contra las sentencias de primera instancia proferidas por los jueces del circuito, en armonía con el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, SE ADMITE LA REMISIÓN EN CONSULTA a favor del demandante YORLAN DE JESÚS JIMÉNEZ REALES.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio del año en 2022, y con la finalidad de que presenten sus alegatos, CÓRRASE TRASLADO, dentro de los 5 días siguientes a la ejecutoria de la presente providencia. Se informa que los escritos de alegatos serán recibidos únicamente en el correo electrónico seclaboralsmta@cendoj.ramajudicial.gov.co.

La providencia de segunda instancia será proferida por escrito y será notificado por edicto o por estado, según corresponda, el cual puede ser consultado en la página web de la Rama Judicial, portal histórico, Tribunales Superiores, Magdalena, Capital: Santa Marta: https://acortar.link/pErSD9. Notifíquese en la forma dispuesta en el artículo 9 de la ley referida.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. KAREN PAOLA MESA VILLAMIZAR Magistrada Ponente 47-001-31-05-001-2023-00076-01