Micelio

auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 17. 41001-22-14-000-2023-00248-00 AutoRequiereNotificarAdmisorio Dr Ana Ligia

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva -----------------------------------------------------Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral Auto de Sustanciación No. 751 Radicación: 41001-22-14-000-2023-00248-00 Neiva, dieciséis (16) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) Ref.: Recurso Extraordinario de Revisión adelantado por NINA FERNANDA RODRÍGUEZ CÓRDOBA Mediante proveído del pasado 10 de octubre, se dispuso admitir el recurso extraordinario de revisión, notificar conforme el artículo 290 y s.s. del C.G.P., en concordancia con la Ley 223 de 2022, correr traslado y emplazar a la señora Lucero Galindo Rojas.

No obstante, hasta la fecha, no se ha allegado por la parte actora evidencia alguna de los trámites de enteramiento ordenados, lo que conlleva al despacho a ordenar que se requiera para tal efecto, so pena de declararse el desistimiento tácito del recurso, en virtud de lo normado en el artículo 317 de la Obra procesal. Por lo anterior, se

RESUELVE

REQUERIR al extremo activo para que, dentro de los 30 días siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a realizar la notificación del auto admisorio adiado el 10 de octubre de los corrientes, so pena de declararse el desistimiento tácito del recurso. Notifíquese y Cúmplase. ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada Recurso de Revisión 41001-22-14-000-2023-00248-00 Firmado Por: Ana Ligia Camacho Noriega Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ce06be1ec9ab3712da647c62d161ab3561ef769baf5aef65376c28e0e8216d00 Documento generado en 16/12/2024 04:31:10 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica