Rad. Único. 13-001-22-04-000-2024-00539-00 Rad. Interno. T1 No. 00536 de 2024 Accionante: Jorge Luis Vega Simanca Accionado: Fiscalía Diecisiete Seccional de Cartagena y otros Debido proceso y acceso a la administración de justicia Cartagena de Indias, D. T. y C., once (11) de junio de dos mil veinticinco (2025). El día 5 de febrero de 2025 la Sala profirió sentencia de primera instancia dentro de la acción de tutela promovida por Jorge Luis Vega Simanca contra la Fiscalía Diecisiete Seccional, la Alcaldía Distrital y la Alcaldía de la Localidad Histórica y del Caribe, todas de Cartagena.
La mencionada decisión fue impugnada por la parte accionante. Por ello, mediante auto de fecha 17 de febrero de 2025 se concedió el recurso interpuesto. Posteriormente, el 18 de marzo de 2025, la Sala de Decisión de Tutela No. 2 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia decretó la nulidad de la sentencia proferida por esta Corporación, con la finalidad de que se notificara la admisión de la demanda a los terceros con interés y se vinculara a la Procuraduría 83 Judicial II de Cartagena, sin perjuicio de las pruebas y los traslados cumplidos.
En consecuencia, ordenó devolver el expediente digital para que se subsanara la falencia evidenciada. Por tal motivo, la suscrita magistrada
RESUELVE
PRIMERO: OBEDECER Y CUMPLIR lo resuelto por la Sala de Decisión de Tutela No. 2 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, a través de auto del 18 de marzo de 2025.
SEGUNDO: ADMITIR nuevamente la demanda de tutela, pero esta vez vinculando al trámite constitucional a la Procuraduría 83 Judicial II de Cartagena, como tercero con interés.
TERCERO: ORDENAR a la Secretaría de la Sala que, en el término de 2 horas, fije un AVISO la admisión de esta demanda de tutela en la Rad. Único. 13-001-22-04-000-2024-00539-00 Rad. Interno. T1 No. 00536 de 2024 Accionante: Jorge Luis Vega Simanca Accionado: Fiscalía Diecisiete Seccional de Cartagena y otros Debido proceso y acceso a la administración de justicia página web del Tribunal a fin de que enterar a Jaime de Jesús Mier Guerrero, Luis Guillermo Zúñiga Guellar, Gustavo Enrique Medrano Barrios, Marcos Peñaranda Vega, Luis Ramos Iriarte, Miguel Ramón González, Gladier Cotón e Iván Medrano Peñeres, quienes podrían tener interés en las resultas de esta acción constitucional, con la finalidad de que se hagan parte.
Deberá dejar expresa constancia de que los informes deben ser remitos al correo electrónico secsalpen@cendoj.ramajudicial.gov.codentro de las 24 horas siguientes a la publicación en la página web.
QUINTO: ORDENAR a las partes aquí vinculadas que, en el término de 24 horas, contadas a partir de la notificación de esta decisión, rindan informe frente a los
NOTIFIQUESE lo aquí resuelto a todas las partes, tanto accionadas como vinculadas. CÚMPLASE PATRICIA HELENA CORRALES HERNÁNDEZ MAGISTRADA